Normativa aplicable al sector hostelero en materia de seguridad e higiene en el trabajo

Más comentados

Comparte

En este artículo hablaremos de los uniformes de trabajo así como de su obligatoriedad. ¿Cuándo es necesario usarlos? Las ropa laboral evita riesgos innecesarios en el entorno de trabajo, pero, ¿es obligatorio su uso en determinados trabajos? Pues bien, en principio la ley no obliga a llevar uniforme, aunque muchos trabajadores tienen esa obligación, siempre y cuando, claro, venga eflejado en el contrato. Así, la firma del contrato lo compromete y acepta el llevar uniforme laboral como parte de sus obligaciones.

Las empresas son las que deben entregar el uniforme al trabajador o trabajadora, y siempre ha de estar en condiciones adecuadas. Por su parte, el trabajador está obligado a mantenerlo en perfectas condiciones. Si la ropa se estropea a causa de su mal uso, ha de ser el trabajador quien la reponga.

Para que los uniformes presenten siempre un estado perfecto de limpieza y desinfección, lo recomendable es encargar su lavado a una empresa especializada. En este sentido, destaca Clat Gestión de Ropa Laboral, una empresa que ofrece sus servicios de lavandería industrial y renting textil para la industria alimentaria, empresas que elaboran envases y packaging, que producen y manipulan productos hortofrutícolas, farmacéuticas, químicas, laboratorios, empresas de gestión de residuos y otros. Su amplia experiencia profesional es la máxima garantía de calidad de esta empresa que promete resultados garantizados.

El uniforme, debe ser cómodo, que permite el libre movimiento y trabajar en condiciones, de calidad y resistente. Pero al mismo tiempo debe ser atractivo para que el trabajador pueda desempeñar su trabajo más a gusto.

Ventajas de llevar uniforme de trabajo

El uniforme de trabajo no es un capricho de un jefe, sino que responde a ciertos motivos, a saber:

  1. Seguridad. En algunos casos es imprescindible para garantizar la seguridad de los trabajadores, como en el sector de la construcción, electricidad, minería, cuerpos de seguridad, etc, que exigen el uso de uniforme laboral especial para realizar sus funciones correctamente: cascos, guantes, chalecos de alta visibilidad, pantalones, etc.
  2. Higiene. Este es el caso de cocineros, enfermeros o médicos. De hecho, el gorro de cocina es un elemento obligatorio en hostelería.
  3. Buena imagen, ya que en muchas empresas se ha convertido en una parte de la marca, al dejar ver los colores y logotipo lo que favorece el compromiso de los trabajadores y muestra a los clientes confianza, uniformidad, seriedad y presencia. Además, gracias al uniforme los empleados se distinguen de los clientes y son más fácilmente identificables.

Normas de seguridad e higiene de los trabajadores del sector hostelero

Si bien el uniforme no es obligatorio en hostelería, los empleados han de tener, igualmente, una zona para cambiarse. Las normas al respecto son las siguientes, según la resolución de 6 de mayo de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de hostelería:

1. Los establecimientos de superficie inferior o igual a sesenta metros cuadrados (60 m²),

deberán contar con un armario o taquilla individual por persona empleada, que utilice ropa

de trabajo.

2. Si la superficie es superior a sesenta metros cuadrados (60 m²) dispondrán de un recinto de

superficie no inferior al cuatro por ciento (4%) de la total del establecimiento, para vestuarios

y aseos del personal. Estos recintos dispondrán de armarios y taquillas individuales en

número y tamaño suficientes para el mismo, así como de asientos y espacio capaces para

que pueda cambiarse de ropa sin dificultad.

3. Cuando el establecimiento tenga una superficie superior a cien metros cuadrados (100 m2),

el vestuario contará con cabina de inodoro independiente y con lavamanos de

accionamiento no manual con agua fría y caliente.

4. Las cabinas de inodoro no comunicarán con zonas de consumo o manipulación de

alimentos, tendrán una superficie mínima de uno coma dos metros cuadrados (1,2 m2),

dispondrán de extracción forzada al exterior y sus paredes y suelos serán de material liso,

impermeable, no absorbente y de fácil limpieza y desinfección (alicatado o similar).

5. En aquellos establecimientos que no dispongan de cocina, office u obrador, bastará con

disponer de armario o taquillas para el personal, salvo que éste precise de ropa de trabajo

exclusiva, en cuyo caso se sujetarán a los requisitos establecidos en los apartados

En resumen, la empresa debe informar y proporcionar al empleado el uniforme de trabajo, que ha de conservar y cuidar y cambiarse en todo caso, en los espacios reservados para ese fin.

Scroll al inicio