Requisitos para poder cazar en Castilla-La Mancha

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La especie humana ha practicado y desarrollado la caza desde la prehistoria, pues juntamente con la pesca eran la base de su alimentación y buena prueba de ello la tenemos en los dibujos realizados en la época que va del 18.000 y 15.000 a.C. encontrados en las famosas cuevas de Altamira (Santander) que representan a un grupo de hombres cazando animales tales como el ciervo, el caballo o el bisonte. Hoy en día son muchos los aficionados a esta actividad cinegética los que eligen Castilla-La Mancha y más concretamente la provincia de Albacete para practicarla a lo largo de toda la temporada. Así, en el término municipal de Nerpio, se encuentra el Cortijo el Sapillo, que ofrece al visitante un total de nada más y nadas menos que 300 hectáreas de coto de caza perfectamente habilitadas para su disfrute.

Este cortijo se halla estructurado de tal forma que puede adaptarse a un número variable de huéspedes, de 2 a 18 personas, pudiéndose alquilar por casas independientes o el cortijo en su totalidad. Esta finca cuenta con un Plan Técnico de Caza aprobado por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, en el que se autoriza la caza de las siguientes especies Jabalí, perdiz roja, conejo, liebre, zorro, codorniz, faisán, estorninos, zorzales, paloma torcaz y tórtola común, además de contar con una zona de adiestramiento y perreras acondicionadas para perros de caza, así como de un servicio de restauración en el propio cortijo. La finca también pone a disposición de sus clientes otras actividades como tiro con arco, tirolina, espeleología, pesca, paseos en bicicleta, rutas en 4×4, globo aerostático o veinte senderos con una longitud de cuerda que supera con creces los 260 kilómetros habilitados para la práctica del senderismo perfectamente señalizados y homologados e incluidos en la red de senderos, con una dificultad media o baja.

Entramos más profundamente en materia hablándoos de los mínimos exigibles respecto a la caza en Castilla-La Mancha y es que esta está regulada por la Ley 3/2015 y señala como requisitos para ejercer esta actividad los siguientes:

  • Ser poseedor de una licencia de caza válida para esa Comunidad Autónoma. Esta licencia es personal e intransferible, siendo un requisito imprescindible para su obtención tener los 14 años cumplidos y haber superado las pruebas de aptitud. Ahora bien para que estos menores puedan cazar antes de cumplir los 18 años, se requiere que vayan siempre acompañados por un cazador mayor de edad que controle sus acciones y se haga responsable legalmente de las acciones del menor.
  • El cazador debe poseer un seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor cuando se utilicen armas.
  • Deberá poder Identificarse en todo momento mediante un documento válido, que puede ser el documento nacional de identidad, permiso de conducir, pasaporte o cualquier otro documento oficial que lleve una fotografía incorporada.
  • En caso de utilizar armas o algún otro medio que necesite autorización especial, la licencia, el permiso, tarjeta o guía correspondiente.
  • En caso de utilizar animales, los documentos preceptivos correspondientes a estos. Cuando se trate de cacerías, la acreditación de estos documentos le corresponde al titular o propietario de los animales.
  • Autorización nominativa del titular del aprovechamiento cinegético, en caso de no estar el titular presente.
  • Toda esta documentación deberá tenerla consigo el cazador en el momento de la cacería o en el terreno del aprovechamiento cinegético a fin de poder mostrarla cuando sea requerido por la autoridad competente. En caso de no disponer de algún documento se formulará la correspondiente denuncia y el cazador dispondrá de un plazo de 72 horas para presentarla.

El uso de animales en la caza

En cuanto a la utilización de perros, caballos, hurones, aves de cetrería o cualquier otro animal para la actividad de la caza siempre se regirá y ajustará a las obligaciones exigibles para los responsables de los animales dictadas por las comunidades autónomas y que regulan su protección y su manejo además que debemos ser asimismo respetuosos con el medio ambiente, el bienestar animal y la naturaleza.

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